
Relaciones comerciales entre México y Australia, importancia y trascendencia
En el presente artículo se tendrá la oportunidad de examinar la importancia de las relaciones comerciales que existen, entre México y Australia, relaciones que en
El presente es un resumen de una investigación realizada a finales de 2019 la cual consistió en conocer la percepción que tienen los exportadores con relación a la facilidad que representa realizar un despacho de exportación en México, y si dicho modelo cumple con la simplificación de los requisitos documentales que establece el Acuerdo de Facilitación Comercial (AFC) planteado en el artículo diez en las variables relacionadas con las Formalidades y requisitos de documentación: simplificación de requisitos documentales enfocados al rápido despacho aduanal, reduciendo tiempos y costos y omitiendo aquellos trámites innecesarios o redundantes; la Ventanilla única cómo único punto de entrada para presentar la información y documentación a la autoridad correspondiente; y los Recursos de agentes de aduanas, como un servicio opcional reduciendo costos logísticos.
Para ello, se realizó un instrumento compuesto de reactivos aplicados mediante diversos medios del cual se lograron poco más de 200 respuestas. El estudio estuvo dirigido a personas con experiencia exportadora, de los cuales la mayoría de ellos manifestó contar con un grado universitario en programas relacionados con el comercio internacional (80%). Declararon además estar laborando en empresas exportadoras localizadas en México (65.25%) y estar realizando exportaciones al momento de la investigación.
El instrumento se formuló de forma que permitiera conocer de parte de los exportadores 1) qué tan de acuerdo estarían en utilizar un modelo que simplificara los requisitos documentales en el despacho aduanal para realizar exportaciones; 2) qué tan de acuerdo estarían en utilizar un formato distinto al pedimento que le permitiera la reducción de costos en el despacho aduanal y que este se pudiera mandar por Ventanilla Única (Vucem), y en el cual no se utilizara un agente aduanal; y 3) qué tan de acuerdo estaría en dejar de utilizar un agente aduanal en sus exportaciones y así reducir el tiempo de despacho.
Básicamente, el objetivo del estudio se planteó en el sentido de proponer un modelo de simplificación del despacho aduanero de exportación mediante la sustitución del pedimento aduanero por el Cove y la eliminación de la obligatoriedad del agente aduanal en la exportación, así como cumplir con la función de la Vucem como único medio de envío de información aduanera para la exportación.
Todo lo anterior con la finalidad de formular un modelo de exportaciones mediante el cual se pueda:
1) Reducir el tiempo de despacho de exportación.
2) Proponer el Acuse de Valor de Comercialización como documento de declaración de exportación(Cove como se le conoce en el argot aduanero) en sustitución del pedimento.
3) Reducir el costo logístico de exportación.
4) Eliminar al agente aduanal en su función de obligatorio en el proceso del despacho de exportación.
5) Utilizar a la Ventanilla Digital de Comercio Exterior (Vucem) como medio de envío de la declaración de exportación (Cove).
1) Reducir el tiempo de despacho de exportación
En los datos del Banco Mundial en el reporte Doing Business de 2019, en el tema de comercio transfronterizo, México es clasificado en el lugar número 69 de 190 economías comparadas, lo que muestra una medía “aceptable” comparada con países con economías en desarrollo como Brasil que ocupa el lugar 108, Argentina 119, Chile 73 y Colombia 133, pero muy por debajo de sus socios comerciales de la región TLCAN-TMEC Estados Unidos con el lugar número 39 y Canadá con la posición número 51.
Dicho reporte muestra que el tiempo promedio que se tarda un exportador para el envío de una mercancía al extranjero es de 28 horas, de las cuales 20 son dedicadas al tiempo de espera en el cumplimiento fronterizo (para la obtención, preparación y presentación de documentos durante el manejo en puertos o fronteras, el despacho de aduanas y los procedimientos de inspección) y 8 dedicadas al cumplimiento documental (obtención, preparación, procesamiento y presentación de documentos). Comparado con Estados Unidos, el tiempo para este país es de 4 horas; para el caso de Canadá, el tiempo de despacho es de 3 horas. Ambos países utilizan como documento de exportación una declaración simple elaborada por el exportador. México es el único de sus socios que presenta un pedimento elaborado por un tercero distinto del exportador.
Existen pocos estudios en México que muestren los tiempos reales en el despacho aduanal. Destaca un estudio realizado en 2019 por la Administración General de Aduanas (Administración Central de Planeación Aduanera) del Servicio de Administración Tributaria (SAT) en el que se analizaron las aduanas más importantes del País: Nuevo Laredo Tamps., Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, y Manzanillo Colima. En él se analizan los Tiempos Estimados de Despacho, bajo la metodología de la Organización Mundial de Aduanas – OMA – denominada “Guía para la medición del tiempo requerido para el despacho de las mercancías”. Si bien el estudio no analiza los tiempos de despacho de exportación, los cuales son siempre menores, sí estudia los tiempos de importación de la siguiente manera: En la aduana de Nuevo Laredo, el tiempo de despacho aduanal es de 13 minutos y de 189 minutos si le toca reconocimiento aduanero físico. Para la Aduana de la CDMX el tiempo de despacho fue de 75 horas y 58 minutos; para la aduana de Manzanillo, el tiempo fue de 174 horas y 53 minutos y con reconocimiento previo 28 horas y 54 minutos.
(separar párrafos)
Derivado de las entrevistas que realizamos que acompañaron a los cuestionarios, se desprende que en los movimientos de exportación el despacho se realiza en dos días: un día para la obtención, preparación y presentación de documentos ante el agente aduanal y otro dedicado al cumplimiento documental en la aduana de exportación (podría subir a tres o cuatro si el trayecto del viaje a la aduana de salida equivale a más de mil kilómetros). Con el Cove como declaración de exportación se podría reducir al menos un día, que sería el que se toma el agente aduanal para realizar el pedimento de exportación.
2) Utilizar el Acuse de valor de comercialización como documento de declaración de exportación
La Ventanilla Digital de Comercio Exterior, nombre oficial que recibe la Ventanilla de Comercio Exterior (VUCEM), define al Acuse de Valor de Comercialización o Comprobante de Valor de Comercialización (Cove – como al principio se le llamaba) como “un módulo de VU que permite la recepción, de manera anticipada, de la información de los documentos que comprueban el valor de las mercancías, así como la información de los documentos de cruce de remesas de consolidados”. El objetivo del COVE consiste en “registrar todos aquellos documentos de cruce (facturas proformas, listas de empaque, etc.), así como los documentos que amparan el valor de las mercancías (facturas fiscales, facturas de importación, nota de remisión, declaraciones de valor, etc.) y eliminar la presentación física de estos en el despacho aduanero”.
El Cove es elaborado por el exportador a cuenta propia y en algunos casos por su agente aduanal, si así lo dispone el exportador. Para su elaboración es necesario el ingreso a la Vucem autentificándose de dos maneras: la primera mediante su firma electrónica (Fiel) y la contraseña de su llave privada, y la segunda por medio de la Clave Única de Registro de Población (CURP) y una contraseña que el “capturista privado” haya elegido para su registro. Una vez adentro de la Vucem, en el módulo de trámites de (SHCP) podrá elegir “Ingresar a Información de Valor y de Comercialización” y “Agregar Acuse de Valor” donde iniciará con el llenado del formato Cove con los datos contenidos en su Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) si es exportación y/o con los datos de la factura comercial si es una importación.
En este proceso, es necesario declarar los datos del CFDI como número y fecha, datos del proveedor (RFC, nombre, y domicilio), datos del destinatario (Tax ID y domicilio), datos de la mercancía (descripción genérica, unidad de medida de la tarifa, unidad de medida comercial, tipo de moneda, valor unitario, valor total y valor en dólares, por si el valor total está en moneda distinta a dólares).
Una vez capturado lo anterior, se finaliza el proceso y es generado el borrador de lo que será nuestro Acuse de Valor el cual se procede a su firma. Para la firma, deberá ingresar con Fiel y contraseña. Una vez hecho esto, se recibe un acuse de recibo con un número único de identificación y lo siguiente consistirá en enviarlo al Agente Aduanal para que éste lo anexe al pedimento de exportación.
Cabe señalar que en operaciones de exportación definitiva (A1) no es necesario anexar el Cove al pedimento, pues basta con la anexión del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), sin embargo, la Ley Aduanera establece la obligatoriedad de la presentación de este.
El modelo planteado consiste en utilizar al Cove para sustituir al pedimento. Las medidas de seguridad empleadas por Vucem desde el ingreso y la firma del Cove denotan protección para el exportador en la seguridad de la información. El Cove requiere la inclusión de alguna información adicional como fracción y la tasa arancelaria y algunos otros datos que ya están implícitos en el CFDI de exportación. En este sentido, la mayoría de los exportadores consultados declararon tener experiencia en la elaboración del COVE, lo que muestra que son capaces de realizar exportaciones utilizando el COVE como mecanismo de sustitución del pedimento.
3) Reducir el costo logístico de exportación
Con relación a los costos logísticos en la exportación, el reporte Doing Bussines 2019, muestra que el costo promedio para realizar una exportación en México es de 460 dólares americanos, 400 para el cumplimiento fronterizo y 60 por el costo del cumplimiento documental. Comparado con Estados Unidos, el costo es de 235 dólares y para el caso de Canadá, el costo es de 323 dólares americanos.
En México, no existen estudios públicos que describan los costos de exportación con precisión, lo más acercado a ello es un documento de 2009 la Secretaría de Economía en conjunto con la Confederación de Asociaciones de Agentes Aduanales de la República Mexicana (CAAAREM), la empresa consultora Logistics Services Network y el Tecnológico de Monterrey realizaron uno que fue denominado “Optimización de los procesos logísticos de importación y exportación”. En éste se seleccionaron las 12 aduanas más representativas con el objetivo de identificar a los actores logísticos, sus interacciones, infraestructura y costos relacionados. En dicho estudio se concluyó que el costo logístico de exportación fue de 6% sobre el valor factura de las mercancías, siendo el costo del agente aduanal el 9.89% de ese 6 por ciento. Si para 2019 el valor de las exportaciones fue de más de 461 mil millones de dólares según el INEGI, el costo del agente aduanal por honorarios de exportación es un costo que podría evitarse, en parte, si se prescinden de estos servicios y el exportador lo realiza de forma directa.
No existen datos públicos que permitan conocer los honorarios precisos de los agentes aduanales en el despacho de exportación, sin embargo, derivado de entrevistas con exportadores nos manifestaron que éstos varían en función del valor de la mercancía, el tipo de mercancía, el volumen de operación, la aduana de despacho, el régimen aduanero y depende también de la negociación con cada agente aduanal. En muchos de los casos se argumentó que el cobro se realizaba por tarifa fija.
Para tener un cálculo aproximado, nos dimos a la tarea de investigar las tarifas públicas que exhiben empresas como UPS, FedEx y DHL. La primera nos pareció más ilustrativa por su simplicidad y fácil entendimiento.
Basándonos en la tarifa general de UPS, la cual es de $ 679.37 pesos (por pedimento) publicada en su sitio web denominada “cargos de UPS por servicios de aduana 2020” y suponiendo que todas las exportaciones se hicieron por esa compañía (sabemos que no fue así), el importe que pagaron los exportadores por honorarios pudo haber sido aproximadamente de $ 5,798.56 millones de pesos (un poco más de 305 millones de dólares). En el modelo propuesto donde se omitan los servicios del agente aduanal, este cargo podría disminuirse considerablemente de los costos logísticos aduanales.
4) Eliminar al agente aduanal en su función de obligatorio en el proceso del despacho de exportación
Bajo la legislación actual, existen diversas modalidades mediante las cuales se pueden enviar al extranjero las mercancías. Esas pueden ser desde operaciones informales como el envío de paquetes, muestras, muestrarios, regalos, etc., que son realizados bajo el esquema de pedimentos globales por las empresas de paquetería y mensajería y en las cuales el remitente no recibe un pedimento de exportación con sus datos fiscales. Las otras modalidades se describen como operaciones formales, debido a que, para poder comprobar la legal salida de la mercancía del país, será necesaria la formalización de la exportación mediante un pedimento de exportación de conformidad con la legislación aduanera. Esta formalidad se puede realizar mediante la utilización de la figura del representante legal (despacho directo), de un apoderado aduanal (derogada en 2013) y mediante los servicios de un agente aduanal. En los tres casos será necesario presentar un documento electrónico denominado pedimento aduanal, así como los documentos digitalizados (e-documents) que deberán anexarse al mismo. Si bien es cierto, la figura del agente aduanal es en muchos casos necesaria por su experiencia y conocimientos en las gestiones del despacho aduanero, también es cierto que en la praxis existen muchos conocedores de los procesos aduaneros que no requieren la asistencia de ninguno para gestionar el despacho de exportación. De esta manera, si se logran simplificar los procesos de exportación mediante la sustitución del pedimento aduanal por el Cove y no se requiera un software especial para su transmisión a la autoridad aduanera, si se dan estos dos factores, tampoco serán necesarios los servicios de los agentes aduanales. Salvo en aquellos casos que el exportador voluntariamente desee contratarlos.
5) Utilizar a la Ventanilla Digital de Comercio Exterior (Vucem) como medio de envío de la declaración de exportación (Cove)
En su sitio web se describe a Vucem como “una plataforma integral de servicios que facilita el cumplimiento de las Regulaciones y Restricciones No Arancelarias (RRNA) previas al Despacho Aduanero, garantiza la transparencia, simplifica y potencia las operaciones de comercio exterior; facilita su logística”. La Vucem permite a los usuarios enviar información en forma electrónica una sola vez mediante una página web para efectuar los trámites de las distintas RRNA de comercio exterior que emiten las dependencias y los organismos gubernamentales.
El sitio web también menciona que “se ha considerado la posibilidad de la realización de la captura y validación del pedimento en la plataforma y la inclusión de herramientas adicionales para el cálculo de contribuciones y el conocimiento de clasificación arancelaria de manera más intuitiva” esto significa que tiene contemplado eliminar los softwares especiales que actualmente utilizan los agentes aduanales para el envío de pedimentos. Sería mejor que en lugar de considerar el envío del pedimento por este medio, considerara que el Cove sirva como esa declaración de exportación que lo sustituya.
El uso de Vucem como medio para el envío de declaraciones de exportación redundará en la eliminación de costosos softwares instalados por los agentes aduanales que significa costosas rentas mensuales y costosos servidores. Todos estos costos se suman invariablemente a los costos logísticos del despacho aduanero que finalmente termina pagando el consumidor.
Conclusiones
El estudio concluye que los participantes manifestaron:
El estudio concluye que las personas encuestadas expresaron su conformidad (80%) con que el nuevo modelo planteado podría reducir la complejidad de las formalidades de exportación y simplificar los requisitos de documentación para el levante y despacho de las mercancías mediante Vucem, reduciendo el tiempo y el costo de exportación, y sin el empleo de un agente aduanal, como lo plantea el Acuerdo de Facilitación Comercial (AFC) del cual México es parte integrante.

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