Análisis del Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono de la Unión Europea (CBAM), tratándose de importaciones de productos contaminantes

Un aspecto que ha ido cobrando cada vez mayor fuerza es la lucha contra la contaminación a nivel internacional, y entre algunos de los temas de los cuales se habla de manera recurrente, se tienen a saber: la reducción de gases de efecto invernadero y de huella de carbono, temas que han sido aludidos, sobre todo para la elaboración de bienes que son comercializados internacionalmente. Cabe mencionar que entre las reuniones internacionales que han tocado estos puntos, se tienen a saber: la sesión de Roma, Italia del año 2021 y la de la Conferencia de la Organización de las Naciones Unidas sobre cambio climático que se efectuó en Escocia también del año 2021, entre otros aspectos.


Respecto del presente tema, en 2021 la Unión Europea refirió que estaba ponderando implementar un impuesto para aquellos productos elaborados al amparo de bajos estándares medioambientales, la idea es que los productores de mercancías que utilizan altos índices de carbón en su elaboración tendrían que pagar un impuesto para que sus productos ingresen a la Unión y en el caso de los Estados Unidos se empiezan a proyectar medidas sobre dichos aspectos de igual manera.


Resulta importante comentar que en consideración de John Norregaard y Valérie Reppelin-Hill, el tema aludido ya ha sido examinado por diversos países, y lo denominan como ecotasas, señalando que diversos países han ido adoptando gravámenes en materia medio ambiental sobre: impuestos para las emisiones cuyas tasas se fijan en función del volumen de emisión y del grado de daño ecológico, conocidos como “impuestos de Pigou”; impuestos indirectos sobre los insumos de producción o sobre bienes de consumo cuya utilización puede perjudicar el medio ambiente (por ejemplo, los impuestos selectivos al consumo de gasolina); disposiciones sobre otros impuestos relacionadas con la ecología, y disposiciones que contemplan una depreciación acelerada y tasas impositivas más bajas en el caso de equipos y métodos de producción que permitan ahorrar energía y reducir la contaminación.


En el marco de la Unión Europea se ha instrumentado un mecanismo denominado como Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono de la Unión Europea (CBAM), sobre el particular se tiene que la Comisión Europea en su oportunidad propuso dicho Mecanismo, cuyo objetivo consiste en establecer unas condiciones de competencia equitativas entre los productores de la Unión Europea con respecto a productores de terceros países que utilizan insumos más contaminantes –particularmente sobre el tema del uso de carbón-, y para ello, se fijaría por parte de la Unión Europea, un precio del carbono empleado por dichos terceros países sobre determinados productos importados.


En consideración de Carlos Hernández, el 14 de Julio de 2021 la Comisión Europea publicó el documento (de 291 páginas) titulado ”Proposal for a regulation of the European Parliament and of the Council establishing a carbon border adjustment mechanism”, como parte del Pacto Verde Europeo (“European Green Deal”) que persigue la reducción de las emisiones de carbono en un 55% tomando como base las emisiones del año 1990, para el año 2030 y convertir a Europa en un continente neutral en carbono para el año 2050. Para ello, se establece que el Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono de la Unión (CBAM) implica una medida climática que busca prevenir el riesgo de fugas de carbono (“carbon leakages”) y contribuir a la creciente ambición europea de mitigar los efectos ambientales, cumpliendo a la vez con las regulaciones de la Organización Mundial de Comercio (OMC). El cambio climático es un problema global que requiere soluciones globales. Al tiempo que la Unión Europea aumenta sus ambiciones climáticas, hay países fuera de la región en donde prevalecen regulaciones ambientales menos estrictas, lo que pudiera generar el riesgo de incrementar las pérdidas o fugas de carbono (“carbon leakages”), dado que compañías establecidas en Europa, cuya producción fuera intensiva en generación de carbono, pudieran relocalizar su operación fuera de la región con el fin de aprovechar estas regulaciones más laxas, o bien que los productos europeos pudieran ser reemplazados por importaciones más intensivas en generación de carbono. Lo anterior cambiaría las emisiones fuera de Europa y por lo tanto socavaría seriamente los esfuerzos de cambio climático de la Unión Europea y del resto del mundo.


El reglamento del Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono de la Unión Europea CBAM, entró en vigor el 16 de mayo de 2023, al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. El Mecanismo CBAM entró en vigor en su fase de transición el 1 de octubre de 2023, y el primer período de notificación para los importadores finalizará el 31 de enero de 2024. Se aplicará inicialmente a las importaciones de determinados bienes e insumos seleccionados cuya producción es intensiva en carbono y con un riesgo significativo de fuga de carbono, rubro que incluirá al cemento, hierro, acero, aluminio, fertilizantes, electricidad e hidrógeno. Una vez que el sistema entre en vigor permanente el 1 de enero de 2026, los importadores deberán declarar anualmente la cantidad de bienes importados a la Unión Europea en el año anterior y sus respectivos gases de efecto invernadero (GEI) incorporados a sus mercancías. Luego, entregarán el número correspondiente de certificados del Mecanismo CBAM. El precio de los certificados se calculará en función del precio medio semanal de subasta de los derechos de emisión del Régimen de comercio de derechos de emisión de la Unión Europea (RCDE UE) expresado en €/tonelada de CO2 emitida.


El Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono de la Unión Europea (CBAM), en términos generales opera de la siguiente manera: los importadores de productos de la Unión Europea, deberán adquirir certificados de carbono, los cuales deberán ser equivalentes al precio del carbono que hubiera sido pagado si los bienes exportados a dicha área, hubieran sido producidos bajo las reglas de los precios de carbono de la propia Unión. A su vez y una vez, que un productor no europeo pueda demostrar que ya ha pagado un precio por el carbono usado en ese tercer país en la producción de los bienes importados, el costo correspondiente podrá ser deducido en su totalidad por el importador europeo. En este sentido en el Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono de la Unión (CBAM), se dice que, con dicho mecanismo, se ayudará a reducir el riesgo de la fuga de carbono, promoviendo de esta manera que los productores de mercancías en países que no sean europeos, busquen hacer sus procesos productivos más “verdes” y en consonancia con las normas europeas respectivas en temas medioambientales. Los ingresos que se obtengan al amparo de productos que se exporten a la Unión Europea contribuirán al propio presupuesto de la Unión.


En consideración de Federico Steinberg y otros, se dice que el Mecanismo CBAM es un arancel sobre productos intensivos en carbono importados por la Unión Europea, para garantizar la coherencia entre los objetivos climáticos, incluidos en el Pacto Verde Europeo, y la política comercial y su motivación es muy clara: si la Unión Europea obliga a sus empresas a reducir las emisiones, pero no se asegura de que las importaciones internalicen dentro de su precio el coste social de las emisiones generadas en su producción, lo único que conseguiría es incentivar a las empresas a trasladarse fuera de la Unión Europea y abastecer el mercado único desde el exterior, siempre que el coste de dicho traslado sea menor que el coste de operar en la Unión Europea. Esta situación, conocida habitualmente como “fuga de carbono”, no sólo perjudicaría la competitividad de las empresas europeas, sino, lo que es peor, ni siquiera lograría el objetivo de la reducción de emisiones a nivel mundial: la reducción de las europeas sería simplemente compensada con unas mayores emisiones extracomunitarias.


Cabe destacar que el Programa de Ajuste en Frontera de Carbono (CBAM) de la Unión Europea, se presenta como una estrategia importante en la lucha contra el cambio climático, abordando la necesidad urgente de equilibrar las emisiones de carbono mientras se mantiene el crecimiento económico. Con la creciente amenaza del cambio climático, la Unión Europea asegura que las industrias intensivas en carbono tanto dentro, como fuera, de sus fronteras se alineen con prácticas sostenibles. Se dice que la introducción del Mecanismo CBAM refleja el compromiso de la Unión por crear un terreno de juego nivelado en donde las emisiones de carbono se valoren adecuadamente independientemente de la ubicación geográfica. Al incorporar un costo de carbono justo para las importaciones, la Unión Europea no solo protege sus propios objetivos climáticos, sino que también envía un mensaje claro a la comunidad internacional sobre la importancia de la responsabilidad compartida en la mitigación de los impactos climáticos.


A través del Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono de la Unión Europea (CBAM), se pretende cumplir el objetivo del Pacto Verde de reducir las emisiones contaminantes de carbón en un 55% para 2030, y en su caso, lograr la neutralidad de carbono para mediados de siglo. Con este mecanismo se va a exigir que ciertas importaciones paguen precios del carbono que reflejen el comercio de derechos de emisión interno de la Unión Europea. Los bienes de producción nacional de terceros países se dice que se enfrentarán con los precios del carbono al que son producidas las mercancías en el seno de la propia Unión Europea. Aunque algunos países han expresado su preocupación por el Mecanismo CBAM con respecto al cumplimiento de las normas de la Organización Mundial del Comercio, se dice que dicho mecanismo cubrirá seis “emisiones de sectores industriales intensivos en “alto uso de carbono”, como: el cemento, hierro, acero, aluminio, fertilizantes, generación de electricidad e hidrógeno. El Mecanismo CBAM cubrirá directamente emisiones, así como ciertos precursores y emisiones indirectas de la electricidad comprada y servicios energéticos consumidos, aunque sólo inicialmente, el cemento y los fertilizantes tendrán que contabilizar las emisiones indirectas de carbono.


De acuerdo con lo previsto en el Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono de la Unión Europea (CBAM), el 1 de octubre de 2023 comienza la fase de transición. En este caso, los importadores de la Unión Europea deberán comenzar a recopilar y divulgar datos de las emisiones asociadas con la fabricación de bienes cubiertos a través del Registro CBAM. Los importadores de la Unión Europea deberán presentar informes trimestrales indicando la cantidad total de importaciones de productos, sus emisiones incorporadas y si en su caso, se pagó un precio del carbono en el país extranjero. Durante la fase de transición, los importadores no tendrán que hacer frente a ninguna carga económica derivada del Mecanismo CBAM.


Para el 31 de diciembre de 2025, se dice que finalizará el período transitorio y en esta etapa, la Comisión Europea elaborará un informe que el Consejo y el Parlamento Europeos revisarán, incluyendo el funcionamiento del Mecanismo CBAM y considerarán la alternativa de incluir enmiendas. Como parte de esta revisión, también podrá existir la posibilidad de ampliar el Mecanismo CBAM y en el alcance para cubrir emisiones adicionales (por ejemplo, emisiones indirectas más allá del cemento y los fertilizantes, o emisiones del transporte) y bienes adicionales (se anticipa que las adiciones futuras en el Mecanismo CBAM podrían incluir productos químicos orgánicos y polímeros).


El 1º de enero de 2026 los cargos del Mecanismo CBAM entrarán en vigor. Los importadores deberán pagar una tasa de carbono en frontera mediante la compra de certificados para mercancías importadas. Los importadores también deberán presentar un informe anual de Declaración del Mecanismo CBAM, que incluirá la cantidad total de mercancías importadas, el total de las mercancías reales, las emisiones incorporadas -expresadas en CO2e-, el total de certificados CBAM entregados, el carbono que haya sido precio pagado en el país de origen, y desde luego, se podrán imponer pruebas de verificación.


Para el año 2034, se dice que se habrán eliminado progresivamente todos los derechos de emisión gratuitos. En este punto, todas las industrias cubiertas en este Mecanismo se espera que ya estén incorporadas en la normatividad inherente; de cualquier forma, se dice que la implementación del Mecanismo CBAM afectará directamente a los exportadores de los productos cubiertos del comercio de la Unión Europea. Los productores deberán tener en cuenta los costos de Mecanismo CBAM a fin de poder competir en el mercado europeo. Los fabricantes con alto contenido de carbono podrán ver eliminada cualquier ventaja competitiva en el mercado europeo con la introducción del Mecanismo CBAM, lo cual, abre la oportunidad para que los fabricantes con bajas emisiones de carbono puedan participar en el mercado de la Unión Europea.


En términos generales, se estima que entre los países afectados con la incorporación del Mecanismo CBAM se tienen a saber: Rusia, Turquía, China, Noruega, Reino Unido y Ucrania, y en general aquellos que no cumplan con los estándares revistos en la normatividad de la Unión Europea.


En el caso de los Estados Unidos, se refiere que el 19 de Julio del 2021 el senador Chris Coons (D-Del.) y el representante Scott Peters (D-Calif.) formularon una propuesta de nueva legislación, esto es, la llamada Acta de “The Fair Transition and Competition Act of 2021”, para establecer un ajuste de carbono en frontera (BCA), la cual está dirigida para las importaciones de bienes contaminantes con el fin de compensar los costos en los que las empresas incurrirán para cumplir con las leyes y regulaciones que limitan las emisiones de gases de efecto invernadero, argumentando también que dicha medida protegerá empleos en los Estados Unidos y reducirá las emisiones globales. La imposición de una cuota a la contaminación importada se dice que atenderá a las fugas de carbono que socavan las acciones climáticas urgentes. Se comenta que esta cuota a la importación estará basada en el costo ambiental doméstico incurrido (por la industria local) y comprendería inicialmente bienes que son tanto intensivos en generación de carbono, así como los expuestos a una intensa competencia comercial, incluyendo aluminio, cemento, acero, hierro, gas natural, petróleo y carbono.


Con la propuesta de Acta de los Estados Unidos se busca que, a partir de 2024, con la misma se imponga una tarifa a las importaciones de petróleo, gas natural, carbón, y otros productos con procesos de producción intensivos en carbono, como aluminio, acero, hierro y cemento. La lista de bienes cubiertos por la tarifa se ampliaría a medida que los Estados Unidos mejore sus procesos para determinar la intensidad de carbono en los diferentes tipos de bienes. La tarifa se aplicaría para importaciones desde países que no impongan una carga fronteriza similar a la de los Estados Unidos en esta materia, y que no cumplen con una política climática. De acuerdo con la propuesta de Acta, la tarifa de importación estaría vinculada con el “costo ambiental interno incurrido”, es decir, existiría un impuesto fronterizo que se calcularía multiplicando el carbono, emisiones asociadas con el producto importado por el impacto ambiental interno calculado y el costo en el sector estadounidense para ese producto.


En la propuesta de Acta se indica que los importadores podrán solicitar al gobierno de Estados Unidos que revise las emisiones de carbono. Los ingresos recaudados del impuesto propuesto se utilizarían para financiar la administración del programa. La mitad de los ingresos restantes se proporcionarán en forma de subvenciones a los Estados para apoyar el clima. Políticas de adaptación, asistencia para la transición y comunidades que enfrentan los impactos más severos del cambio climático. El resto apoyaría las inversiones en investigación y desarrollo.


Como podrá notarse de lo antes expuesto, en la especie se advierte que se empiezan a incorporar en las legislaciones de los Estados, los llamados aranceles sobre productos intensivos en carbono importados, y en el caso en cuestión, se examinó el supuesto de la Unión Europea, aunque debe hacerse notar que empiezan a surgir otras propuestas de este tipo en los Estados Unidos y en Canadá, lo cual generará a su vez mayores responsabilidades para aquellos países que sigan produciendo productos con altas cantidades de carbono, y ello, se traducirá en aranceles que deberán pagar, los que exporten productos destinados a aquellos lugares, algunos inclusive hablan de que se trata de actos proteccionistas disfrazados, en el caso de México será importante dar seguimiento a este tema, sobre todo, atendiendo a los productos que se exportan a la Unión Europea principalmente.

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